Democrático en su concepción de la sociedad y entiende la democracia
como sinónimo de libertades, participación, solidaridad e igualdad.
En términos personales, sus militantes conciben la política orientada
al servicio público que busca el bien común y actúan apegados a las
leyes y a las normas éticas, evitando las prácticas clientelistas e
irresponsables. La conducta de los peledeístas se fundamenta en decir la
verdad al pueblo y en actuar con honestidad y transparencia, ejerciendo
sus funciones con responsabilidad y eficiencia.
La conducta pública de los peledeístas siempre debe ser constructiva,
propositiva, de cooperación y de fomento al diálogo y a la concertación.
La cultura del diálogo y la negociación debe estar presente siempre en
las actividades internas del partido, así como también en su
participación en cualquier foro nacional, local o sectorial.
Todo militante, dirigente o funcionario público, electo o nombrado,
de nuestro partido debe ser un opositor consciente a todo acto de
represión, corrupción, nepotismo o de violación de la libertad, la
dignidad y los derechos humanos.
El PLD se identifica con los siguientes valores: participación,
transparencia, apertura al cambio y a la renovación, cooperación,
solidaridad, dignidad, libertad, equidad, igualdad, desarrollo
sustentable (armonía entre el hombre y la sociedad), tolerancia,
pluralismo, responsabilidad, respeto a la libertad de conciencia,
garantía de los derechos de cuidadanía, derecho a la justicia.
La lucha de los peledeístas se fundamenta en la aspiración suprema de
lograr la libertad y la igualdad de oportunidades de todos los seres
humanos, razón por la cual luchamos contra toda forma de degradación
humana.
Aspira y trabaja por un Estado cimentado sobre la base de políticas
públicas que aseguren la consecución de la cohesión social del país y el
apoyo a los sectores productivos nacionales para mejorar su capacidad
competitiva. Nuestro partido considera que la primera concreción en la
lucha por lograr la cohesión social es la erradicación de la pobreza en
sus distintas formas, apostando por un Estado que procure un vigoroso
crecimiento de la economía combinado con una distribución adecuada de
sus frutos. Se trata de una estrategia de crecimiento con equidad. En
definitiva, nos identificamos con un Estado que sea promotor del
desarrollo y regulador del mercado. Postulamos una nueva relación de
equilibrio entre el Estado y el mercado en la cual ambos no sean
excluyentes sino complementarios en la finalidad del servir al bienestar
social.
Se identifica, por lo tanto, con la construcción de un Estado fuerte
en términos de su capacidad recaudadora y su legitimidad. El sistema
tributario debe ser uno de los pilares fundamentales de la fortaleza del
Estado.
En la lucha por el ejercicio pleno de todos los derechos sociales del
pueblo dominicano, el PLD busca asegurar el acceso, sin restricciones o
discriminaciones, a la salud, la educación, la vivienda y la recreación
como vías para concretizar los principios de justicia social y equidad
para todos los dominicanos. De igual manera, es un defensor del derecho
de los dominicanos a un empleo digno y estable y a una justa
remuneración por el trabajo.
Considera también, como un elemento esencial de su accionar político,
la protección de los recursos naturales y el medio ambiente y por lo
tanto manifiesta su compromiso con una política ambiental que impida la
explotación irracional de dichos recursos.
Procura la construcción de un Estado que permita una transferencia de
responsabilidades y facultades a los municipios y provincias en un
proceso gradual y sostenido de descentralización que reduzca el poder
del Ejecutivo. Nos identificamos con el fortalecimiento de la capacidad
de gestión de los municipios, así como con el involucramiento de las
organizaciones cívicas y comunitarias en el proceso de planificación e
implementación en las decisiones que afectan sus territorios.
Como organización comprometida con el desarrollo institucional del
país, promueve el mejoramiento del sistema político electoral, mediante
cambios en el régimen de representación, participación y organización
política de los ciudadanos en el sistema democrático. En este sentido
apoya activamente la aprobación de medidas legislativas relativas a
partidos y agrupaciones políticas que propicien una mayor
democratización de estas entidades y mayor transparencia en sus
ejecutorias, de cara a la ciudadanía. Los partidos políticos deben
establecer programas de formación especializada en la organización,
administración y gestión de los poderes públicos con miras a lograr un
mejor desempeño de sus miembros en el ejercicio de sus funciones
públicas. Además, el PLD sigue promoviendo la consolidación e
independencia de la Junta Central Electoral para garantizar la
credibilidad y normalidad en los procesos electorales.
Es un partido con una concepción internacionalista y humanista, con
una vocación por la paz entre los pueblos y las naciones, comprometido
con la lucha por un orden internacional más justo y la democratización
de las relaciones internacionales, por el respeto a los derechos humanos
en el mundo entero y convencido de que la solidaridad y la unidad
latinoamericana es la única vía que nuestros países tienen a su
disposición para avanzar en el nuevo contexto internacional superando la
marginalidad y la subordinación en que hemos vivido. Reconoce que la
humanidad vive un cambio de época debido, entre otras causas, a la nueva
revolución científico tecnológica, que incide en todas las actividades
humanas y cuya manifestación más evidente es el impacto del proceso de
globalización de la economía y de las finanzas. El mundo se encamina
hacia una sociedad caracterizada por el dominio del conocimiento.
Esta nueva realidad presenta oportunidades que los países deben
aprovechar. El acceso a las nuevas tecnologías así como el gran
desarrollo de las comunicaciones ofrecen medios importantes para
apuntalar el desarrollo social, cualificando nuestros recursos humanos y
por lo tanto mejorando nuestra capacidad para competir. La
globalización trae consigo también amenazas que deben ser enfrentadas
con programas bien estructurados que apoyen los sectores más vulnerables
para garantizar el desarrollo integral y armónico.
Para los peledeístas, la globalización debe ser asumida como un reto.
Creemos en la necesidad de dar a la economía global una gobernabilidad
que la humanice, por tanto nos sentimos identificados con todos los
esfuerzos a favor de una nueva integración en América Latina.
Estatutos del Partido
Nombre, Objeto, Principios, Domicilio, Lema y Emblema
ARTÍCULO 1.- El Partido de la Liberación Dominicana
es una organización política de naturaleza progresista cuyo objetivo es
luchar por el fortalecimiento de la democracia, la libertad, la justicia
social, la modernidad, el progreso, la equidad de género, la protección
del medio ambiente, la solidaridad, la paz y la defensa de la identidad
nacional.
ARTÍCULO 2.- El Partido de la Liberación Dominicana
tiene su principal domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito
Nacional, Capital de la República Dominicana y establecimientos en todo
el territorio del país y en el exterior, a través de sus diversas
instancias y organismos.
ARTÍCULO 3.- El lema del Partido de la Liberación
Dominicana es “Servir al Partido para Servir al Pueblo” y deberá
aparecer en todos sus impresos, documentos y publicaciones. Asimismo
deberá pronunciarse, con el puño derecho levantado, a la apertura y al
cierre de cualquier actividad oficial y solemne de cualesquiera de los
organismos del Partido.
ARTÍCULO 4.- El Partido de la Liberación Dominicana
es conocido por las siglas PLD, siendo su distintivo una bandera de
color morado, en forma triangular, con una estrella amarilla de cinco
puntas colocada en el ángulo superior. La bandera oficial será única e
inalterable, sin propaganda de candidatos. En todos los documentos
oficiales del Partido, deberá aparecer la estrella a la izquierda y la
efigie con el rostro de Juan Bosch a la derecha.
ARTÍCULO 5.- El Partido de la Liberación Dominicana sustenta su funcionamiento orgánico basado en los siguientes principios:
a) La unidad del Partido es una condición fundamental de su
existencia y quien atente contra ella atenta contra el Partido y será
sancionado;
b) El respeto a los métodos de trabajo, junto al conocimiento y
promoción de los objetivos estratégicos y tácticos del Partido, es la
base de la disciplina consciente de los miembros así como de la mística y
la unidad del Partido;
c) El Partido se estructura apegado al predominio de la mayoría
democrática y del respeto a la minoría, que regula su vida interna y
constituye la condición esencial de su cohesión ideológica y su unidad
de acción;
d) Todos los miembros deben observar la disciplina partidaria y la
minoría se subordina a la mayoría. El Partido reconoce y garantiza los
derechos de todos sus miembros y de los organismos inferiores a expresar
sus posiciones a lo interno de la organización. Las decisiones de los
organismos superiores son de obligatorio cumplimiento por parte de los
inferiores, sean políticas, orgánicas y/o disciplinarias, y éstas podrán
ser impugnadas conforme al Reglamento y disposiciones disciplinarias;
e) Las directivas de los organismos son elegidas a partir de una
evaluación objetiva de la calidad política de sus miembros. El Partido,
sus organismos y sus órganos, operan sobre la base de garantizar la
dirección continuada y la renovación periódica de sus integrantes;
f) Los organismos, órganos y miembros del Partido deben rendir
cuentas periódicas y sistemáticas ante quienes los eligieron o
designaron;
g) Los mandatos otorgados a organismos, órganos y dirigentes podrán
ser revocados cuando violen los principios, los métodos de trabajo y las
disposiciones del Partido;
h) Los organismos y órganos del Partido deben funcionar sobre el
fundamento de la dirección colectiva y de la Estatuto Pág. división
social del trabajo, la responsabilidad individual y la racionalización y
especialización del trabajo político;
i) La consulta a las bases se considera como un mecanismo de
participación de todo el Partido en la elaboración de la línea política
organizativa y programática, así como en la elaboración y aplicación de
los planes de trabajo;
j) El método fundamental para el tratamiento de las divergencias es
la Unificación de Criterios, junto al análisis de sus posibles causas
metodológicas y la educación de sus miembros;
ARTÍCULO 6.- El Boschismo constituye la teoría
oficial del Partido, entendida como un conjunto de principios,
interpretaciones de acontecimientos históricos, sociológicos, políticos e
ideológicos, métodos y lineamientos organizativos desarrollados y
explicados en la obra política del Profesor Juan Bosch, así como su
ejemplar vida patriótica e intelectual. El himno oficial del Partido es
denominado Liberación y será interpretado al inicio y al cierre de los
actos oficiales del Partido.
De la participación en el Partido
ARTÍCULO 7.- Habrá miembro y miembro militante: El
miembro es el ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y
políticos, que se registra en el Partido y mantiene una voluntad activa
de colaboración y recibe información e invitaciones para los eventos
partidarios. Tiene derecho a participar en la asamblea de su comité de
base. El miembro militante, a su vez, es el que reúne y cumple, además,
los siguientes requisitos:
a) Aceptar y defender la teoría y los principios, los objetivos
estratégicos y tácticos del Partido y cumplir y defender los estatutos,
programas, reglamentos y resoluciones del Partido;
b) Asumir las tareas de sus organismos y las que les asignen los organismos superiores;
c) Cotizar al Partido de acuerdo a sus ingresos;
d) Trabajar para fortalecer al Partido en el colegio electoral que le corresponda a él o a su comité de base;
ARTÍCULO 8.- Podrán también adquirir la categoría de
miembros militantes, por acuerdo del Comité Político, las personas que
hayan realizado o estén realizando trabajos extraordinarios a favor del
Partido, que acepten y defiendan su teoría, sus objetivos estratégicos y
sus tácticas.
ARTÍCULO 9.- Son derechos y deberes de los miembros militantes del Partido:
a) Elegir y ser elegidos, siempre que cumpla con los mandatos el Partido y lo dispuesto por la Constitución de la República;
b) Estudiar, defender y propagar la teoría, los objetivos estratégicos y las disposiciones tácticas del Partido;
c) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, acuerdos y resoluciones del Partido, así como sus métodos de trabajo y de dirección;
d) Asistir con puntualidad a las reuniones;
e) Someter su vida a normas de honestidad pública y privada;
f) Desarrollar evaluaciones en el organismo al cual pertenece, sin
hacerlo fuera del mismo, absteniéndose en todo caso de hacer acusaciones
sin fundamentos o de utilizar el chisme para empañar la imagen de sus
compañeros y del Partido;
g) Contribuir económicamente con el Partido y recaudar finanzas entre
los amigos y simpatizantes de la organización. Cuando se trate de
compañeros que desempeñen cargos públicos remunerados, se les aplicará
el porcentaje de descuento que establezca el Comité Político;
h) Mantener el interés por el desarrollo político a través del estudio y la experiencia que da la práctica;
i) Respetar, proteger y defender los bienes materiales y los fondos del Partido y del pueblo;
j) Expresar y promover en sus organismo y órganos, todas las ideas y sugerencias que considere convenientes;
k) No comunicar fuera de sus organismos y órganos, los acuerdos o noticias de interés particular para el Partido;
l) Fortalecer y ampliar constantemente las relaciones del Partido con
el pueblo, dirigirlo, orientarlo, explicarle las posiciones del Partido
y esforzarse por atraer a su seno, a los mejores ciudadanos que
muestren inclinación por la actividad política y el bienestar de la
patria;
Párrafo.- Los miembros o miembros militantes que
hayan sido expulsados del Partido, podrán ser admitidos nuevamente, de
conformidad con lo estipulado en un reglamento, que para esos fines,
será aprobado por el Comité Político.
De la Estructura Partidaria
Del Congreso, Convenciones y otras Asambleas Partidarias
Del Congreso Nacional
ARTÍCULO 10.- El Congreso Nacional es el más alto
organismo de dirección del Partido y está integrado por: todos los
miembros del Comité Central; los presidentes de los Comités
Provinciales, Municipales, Intermedios y de Circunscripciones
Electorales del Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo y de
las Seccionales.
ARTÍCULO 11.- El Congreso Nacional se reunirá
ordinariamente una vez cada cinco años y extraordinariamente cuantas
veces sea convocado por el Comité Central, el Comité Político o el
veinticinco por ciento de los organismos que lo integran.
Párrafo.- Mediante reglamento se regulará el
procedimiento a seguir en caso de convocatoria efectuada por el
veinticinco por ciento de sus miembros.
ARTÍCULO 12.- Son atribuciones del Congreso Nacional:
a) Establecer la Teoría oficial y fijar los principios básicos en que
se sustenta la existencia y razón de ser del Partido de la Liberación
Dominicana;
b) Aprobar, modificar o fijar, la línea política estratégica nacional e internacional del Partido de la Liberación Dominicana;
c) Aprobar o modificar los Estatutos del Partido;
d) Dar acta de la elección de los miembros del Comité Central y proclamarlos;
Del Comité Central
ARTÍCULO 13.- El Comité Central es la dirección e
instancia superior del Partido después del Congreso Nacional y está
compuesto por los miembros que se indican más adelante, quienes
permanecerán en sus funciones por un período de cinco años.
ARTÍCULO 14.- El Comité central se reunirá
ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuantas veces sea
convocado por el Presidente, el Comité Político o el veinticinco por
ciento de sus miembros.
ARTÍCULO 15.- Para ser miembro del Comité Central se requiere:
a) Ser miembro militante del Partido;
b) Haber sido o ser, dirigente provincial, municipal, de circunscripción, de Comité Intermedio o de seccional del Partido;
c) Haber demostrado capacidad de dirección y lealtad al Partido;
Párrafo.- En casos excepcionales y cuando así lo
demande el interés político, el Comité Político puede eximir del
cumplimiento de cualquiera de estas condiciones al aspirante a miembro
del referido organismo.
ARTÍCULO 16.- Los miembros del Comité Central serán
elegidos mediante el voto secreto y universal de la mayoría simple y no
menor del 33% de los votos, conforme a las reglas que se establecen a
continuación:
a) Mediante votación nacional: Cien (100) miembros por el voto de la
mayoría simple, no menor del 33% de los votos de los miembros militantes
del Partido que hayan sufragados válidamente y en caso de una segunda
ronda, por la mayoría de votos alcanzados;
b) Mediante votación local: Doscientos treinta y cinco (235) miembros
serán elegidos por el voto secreto, personal y universal de la mayoría
de los votos con no menor del 33% de los votos de los miembros
militantes del Partido que hayan sufragados válidamente en cada lugar y
en caso de una segunda ronda, por la mayoría de los votos alcanzados. El
cálculo de los miembros del Comité Central para cada provincia, se
realizará a razón de 1.5 miembro por cada diputado que corresponda a la
provincia de que se trate, incrementando por fracción. La Comisión
Electoral realizará, para cada proceso de elección, los cálculos a
aplicar por cada provincia;
c) Mediante votación en las seccionales: Diecisiete (17) miembros
serán elegidos por el voto universal, personal y secreto por la mayoría
simple no menor del 33% de los votos válidos de los miembros militantes
del Partido en la seccional y en caso de una segunda ronda por la
mayoría de votos;
Párrafo.- Ocho (8) miembros por la Seccional de
Nueva York; dos (2) por la de New Jersey; dos (2) por la de Nueva
Inglaterra; uno (1) por la de Florida; uno (1) por la de Puerto Rico;
uno (1) por la de Europa; uno (1) por la de Venezuela y uno (1) por la
de Panamá.
d) Mediante cuota del Comité Político: Treinta (30) miembros serán escogidos, por el Comité Político que cesa en su mandato;
e) De pleno derecho: Los miembros salientes del Comité Político son
miembros de pleno derecho del Comité Central. Igual derecho tendrán, los
ex miembros del Comité Político que hubieren mantenido una militancia
ininterrumpida en el Partido de la Liberación Dominicana;
Párrafo I.- En cualquiera de los casos en que no se
elija a la totalidad de los miembros del Comité Central, se someterá
individualmente a la plenaria del Congreso, una cantidad de candidatos
igual al doble de los que hiciera falta elegir, entre aquellos que
obtuvieron la mayor cantidad de votos y que no hubieran resultado
electos en la votación.
Párrafo II.- El reglamento que organice el mecanismo
de elección de los miembros del Comité Central, garantizará el
ejercicio de la democracia interna, así como la participación de todos
los miembros militantes del Partido.
ARTÍCULO 17.- Son atribuciones del Comité Central:
a) Elegir entre sus miembros a los miembros del Comité Político, con
excepción del Presidente y el Secretario General del Partido;
b) Establecer las tácticas generales que permitan el cabal
cumplimiento de los objetivos estratégicos establecidos por el Congreso
Nacional;
c) Crear los organismos y órganos que juzgue conveniente para el cumplimiento de los objetivos estratégicos;
d) Elegir los titulares de las Secretarías;
e) Sancionar los informes del Comité Político, del Presidente y del Secretariado;
f) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos del Partido y sus métodos de trabajo;
g) Proponer al Congreso Elector del Partido, los nombres de los
precandidatos a la Presidencia de la República, escogidos con el voto de
la mayoría simple de los votos válidos emitidos y no menor del 33% de
sus miembros;
h) Dar acta de la nominación del candidato a la Vicepresidencia de la
República, escogido previamente por el candidato a la Presidencia;
ARTÍCULO 18.- Cada miembro del Comité Central debe
estar adscrito, para fines de la realización de su trabajo político, a
un organismo o instancia del Partido.
Párrafo.- Mediante reglamento interno el Comité Central dispondrá todo lo relativo a su organización.
Del Comité Político
ARTÍCULO 19.- El Comité Político es el organismo
ejecutivo del Comité Central y estará integrado por el Presidente del
Partido, el Secretario General, más veintitres miembros plenos.
Párrafo I.- En caso de que el Presidente y el
Vicepresidente de la República sean miembros del Partido, serán miembros
de pleno derecho del Comité Político mientras duren en sus funciones.
Párrafo II.- Tendrá como voceros oficiales al Presidente y al Secretario General del Partido.
ARTÍCULO 20.- El Comité Político tendrá por funciones:
a) Disponer las medidas que aseguren el cumplimiento de las tácticas
generales establecidas por el Comité Central y de los objetivos
estratégicos establecidos por el Congreso;
b) Dirigir y aprobar las relaciones y las alianzas del Partido con
otras organizaciones políticas, con el Estado y las relaciones
internacionales;
c) Recomendar al Comité Central la aprobación, modificación o
revocación de los reglamentos para la aplicación de estos Estatutos;
d) Designar a los Subsecretarios de las Secretarías del Comité Central;
e) Fijar las asignaciones del personal remunerado del Partido;
f) Tomar las decisiones de lugar en todos los casos que, a su juicio,
puedan afectar la vida del Partido e informar de ellas al Comité
Central;
g) Dirigir la política Congresional y Municipal del Partido;
De la Comisión Consultiva
ARTÍCULO 21.- Son miembros de la Comisión
Consultiva, los ex-miembros del Comité Político y los miembros del
Partido seleccionados por méritos por el Comité Político.
De las Secretarías
ARTÍCULO 22.- Las Secretarías son órganos de trabajo
del Comité Central y estarán integradas por un Secretario Titular,
quien debe ser miembro del Comité Central, y un máximo de siete
subsecretarios. Serán funciones de cada Secretaría:
a) Elaborar, dirigir y supervisar la aplicación de los programas de su área, con los cuales trabajará todo el Partido;
b) Sistematizar las experiencias metodológicas en su área de trabajo,
enriquecerlas con la práctica de los organismos de dirección intermedia
y de base y transformarlas en guía para la acción;
c) Responder ante el Secretariado de la ejecución de sus planes y programas;
d) Las Secretarías del Partido ejecutarán sus funciones operativas,
en base a un presupuesto anual de gastos aprobado por el Comité
Político;
e) Elaborar un informe anual dirigido al Comité Político, sobre la
situación general del país en su área de trabajo para el año que
termina, e incluir su presupuesto de gastos para el próximo año;
Del Presidente del Partido
ARTÍCULO 23.- El Presidente del Partido lo será del
Comité Central y del Comité Político. Será elegido con el voto
universal, personal y secreto por la mayoría simple, no menor del 33% de
los votos de los miembros militantes del Partidoque hayan sufragado
válidamente. Será el vocero oficial del Partido y supervisará la
aplicación de las líneas estratégicas trazadas por el Partido.
Del Secretario General
ARTÍCULO 24.- El Secretario General es el ejecutivo
del Partido, coordina al Comité Central y al Comité Político y ostenta
la representación del Partido por delegación presidencial.
Párrafo.- El Secretario General es elegido por el
voto universal y secreto de la mayoría simple, no menor del 33% de los
votos de los miembros militantes del Partido que hayan sufragado
válidamente.
ARTÍCULO 25.- Es atribución del Secretario General
en consulta con el Comité Político, poner en acción los recursos que
estime convenientes, para resolver situaciones de emergencia que afecten
la estructura y desenvolvimiento del Partido, sin que necesite la
aprobación previa del Comité Central.
ARTÍCULO 26.- En caso de ausencia definitiva,
inhabilitación permanente o muerte del Presidente, el Secretario General
ejercerá sus funciones hasta tanto se conozca la correspondiente
sustitución.
De los Enlaces
ARTÍCULO 27.- Las diversas estructuras del Partido estarán enlazadas mediante el sistema siguiente:
a) El Presidente del Comité de Base es el enlace de su organismo con el Comité Intermedio;
b) El Presidente del Comité Intermedio es el enlace de su organismo
con el Comité Municipal o con el Comité de Distrito o Circunscripción
Electoral;
c) El Presidente del Comité Municipal será el enlace de su organismo con el Comité Provincial;
d) El Presidente del Comité Provincial y de Distrito o
Circunscripción Electoral en el caso del Distrito Nacional y de la
provincia de Santo Domingo, será el enlace de su organismo con el Comité
Político, sin perjuicio del derecho de los Comités Municipales a
dirigirse directamente al Comité Político, cuando se trate de asuntos
políticos urgentes;
Del Congreso Elector y del Comité Provincial y Municipal
ARTÍCULO 28.- El Congreso Elector Provincial del
Partido, está integrado por los miembros del Comité Provincial, de los
Comités Municipales y de Distritos Electorales, y se reunirá
ordinariamente cada cuatro años para elegir el candidato a Senador y los
candidatos a Diputado, conforme al Reglamento Electoral.
ARTÍCULO 29.- El Comité Provincial está integrado
por los miembros del Comité Central de la Provincia, los Presidentes
Municipales, los legisladores, el Gobernador, los Síndicos y sus
respectivos Suplentes de Síndico, si los hubiere. El Presidente del
Comité Provincial será elegido por el voto universal, personal y secreto
de la mayoría simple y no menor del 33% de los votos de los miembros
militantes de la provincia, que hayan sufragado válidamente. El
Presidente del Comité Provincial será el Presidente del Partido en la
provincia.
ARTÍCULO 30.- El Congreso Elector Municipal, está
integrado por los miembros del Comité Municipal, del Distrito Municipal y
los Presidentes de los Comités de Base del Municipio y del Distrito
Municipal.
ARTÍCULO 31.- El Congreso Elector Municipal o de
Distrito Municipal se reúne ordinariamente cada cuatro años, y
extraordinariamente, cuantas veces sea convocado por el Comité Central o
por el Comité Político. La Directiva del Comité Municipal o de Distrito
Municipal o el 33% de los Comités de Base, podrán solicitar al Comité
Político la convocatoria del Congreso Municipal o de Distrito Municipal,
informando la causa que origina la convocatoria.
ARTÍCULO 32.- Son atribuciones del Congreso Municipal o de Distrito Municipal:
a) Conocer de cualquier asunto que le someta el Comité Central o el Comité Político;
b) Elegir cada cuatro años los candidatos a Síndico, Suplente de Síndico y Regidores, conforme al Reglamento Electoral.
ARTÍCULO 33.- El Comité Municipal o de Distrito
Municipal dirige las actividades del Partido en el Municipio, Distrito
Municipal o áreas geográficas que le corresponda. La Dirección del
Comité Municipal está integrada por los miembros del Comité Central del
Municipio, los Presidentes de los Comités Intermedios, el Síndico, el
Suplente de Síndico y Regidores del Partido, donde los hubiere.
El Presidente del Comité Municipal será elegido por el voto
universal, personal y secreto de los miembros militantes del Partido que
hayan sufragado válidamente en el Municipio, con mayoría simple no
menor del 33% de los votos.
De la Organización Intermedia
ARTÍCULO 34.- En las Provincias donde la Junta
Central Electoral haya creado distritos o circunscripciones electorales,
el Comité Central establecerá la forma en que serán dirigidas dichas
circunscripciones, pudiendo crear en los casos que estime conveniente,
Comités de Distritos o Circunscripciones Electorales que actuaran como
si fueran Municipios. El Comité Central reglamentará todo lo relativo al
funcionamiento de los Comités de Distritos o Circunscripciones
Electorales.
ARTÍCULO 35.- Las directivas de los Comités
Intermedios, estarán integradas por los Presidentes de los Comités de
Base y tendrán un mínino de 15 y un máximo de 25 integrantes, los cuales
permanecerán en sus funciones por un período de cinco años. De entre
ellos se escogerá su Presidente y los responsables de las demás áreas de
trabajo.
De las Seccionales
ARTÍCULO 36.- Los Comités de Seccionales son
organismos del Partido y su estructura será similar a la de los demás
organismos del Partido que se encuentran en el territorio nacional.
Párrafo I.- En New York habrá una seccional por cada
Condado. Para su creación en el Condado, se requiere tener un mínimo de
cinco Comités Intermedios. La Dirección de la Seccional de Condado,
estará integrada por los Presidentes de los Comités Intermedios y los
miembros del Comité Central con residencia permanente en el Condado de
que se trate y permanecerán en sus funciones por un período de cinco (5)
años.
Párrafo II.- Habrá en New York un Comité Seccional
Estatal, equivalente a un Comité Provincial, cuya Dirección estará
integrada por los presidentes de las Seccionales de los Condados y los
miembros del Comité Central y permanecerán en sus funciones por un
período de cinco (5) años. El Comité Seccional Estatal, sólo coordinará
las actividades en la que se requiera o se involucre el Estado de New
York en su conjunto. No podrá inmiscuirse en las tareas que se limiten a
cada uno de los Condados, las cuales serán dirigidas con plena
autonomía por el Comité Seccional del Condado correspondiente.
Párrafo III.- Los Presidentes de las Seccionales de
Condado y Seccional Estatal, serán electos por el voto universal,
personal y secreto de la mayoría simple no menor del 33% de los votos de
los miembros militantes que hayan sufragado válidamente, en sus
respectivos lugares.
ARTÍCULO 37.- Todo lo expuesto precedentemente para
la escogencia del Presidente de los Organismos del Estado de New York,
será aplicable a las demás Seccionales que tiene el Partido creadas y
las que puedan crearse. El Presidente de la Dirección de la Seccional de
que se trate, será elegido por el voto universal, personal y secreto de
los miembros militantes del lugar correspondiente que hayan sufragado
válidamente.
De los Comités de Base
ARTÍCULO 38.- El Comité de Base es la estructura
básica del Partido, asignado a una mesa electoral, de la cual tomará su
número como nombre de identificación, pudiendo haber más de uno por mesa
electoral, y está integrado por un número que oscila entre 15 y 31
miembros. Se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente
cuantas veces sean convocados por la directiva del Comité Intermedio o
por decisión del propio Comité de Base.
ARTÍCULO 39.- El Comité de Base tendrá una directiva
integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario de
Organización, un Secretario de Comunicaciones, un Secretario de Asuntos
Electorales, un Secretario de Formación Política, un Secretario de
Finanzas y un Secretario de Actas y Correspondencias. Los demás
integrantes serán vocales.
Procedimientos para la Escogencia de Candidatos del Partido
ARTÍCULO 40.- La escogencia de los candidatos del
Partido para las elecciones nacionales, congresionales y municipales, se
hará mediante primarias internas, conforme al Reglamento dictado al
efecto, que estarán dirigidas por la Comisión Nacional Electoral,
integrada por un Coordinador, escogido por el Comité Político de entre
sus miembros; los titulares de la Secretaría de Organización y Asuntos
Electorales y cuatro (4) miembros del Comité Central elegidos por este
organismo.
ARTÍCULO 41.- Habrá una Comisión Municipal Electoral
en cada municipio, bajo dependencia y supervisión de la Comisión
Nacional Electoral, a cuyo cargo estará la dirección del proceso
electoral interno en el municipio que corresponda, conformada por cinco
(5) integrantes. El coordinador será un miembro del Comité Central
designado por la Comisión Nacional Electoral.
Los miembros restantes serán el Presidente del Comité Municipal, el
Secretario de Organización y el de Asuntos Electorales y un miembro
propuesto por la Dirección Municipal, aprobado por la Comisión Nacional
Electoral.
Párrafo I.- En el caso del Distrito Nacional y la
Provincia de Santo Domingo, las Comisiones Electorales de las
Circunscripciones se integrarán de la misma forma que las de los
municipios.
Párrafo II.- En las Seccionales del Partido, la
Comisión Electoral estará integrada por un Coordinador designado por la
Comisión Nacional Electoral, el Presidente de la Seccional y tres (3)
miembros propuestos por la Dirección Seccional sujetos a la aprobación
de la Comisión Nacional Electoral.
ARTÍCULO 42.- La proclamación de los candidatos que
resulten propuestos, se hará en una asamblea integrada por los miembros
del Comité Central, los Presidentes de Comités Provinciales, los
Presidentes de Comités Municipales y los Presidentes de Seccionales,
debidamente convocados en la forma y plazo indicados por la Ley
Electoral. La organización y dirección de esta asamblea, estará a cargo
de la Comisión Nacional Electoral.
Del Tribunal Nacional de Disciplina y Ética
ARTÍCULO 43.- El Tribunal Nacional de Disciplina y
Ética, estará integrado por miembros del Comité Central, en el número y
condiciones que establezca el reglamento que se dicte al efecto.
ARTÍCULO 44.- Asimismo habrá un Tribunal de
Disciplina y Ética, en las Direcciones Provinciales, Municipales, de
Distritos Municipales, en las Seccionales y Comités Intermedios,
integrados conforme el Reglamento.
Del Patrimonio del Partido
ARTÍCULO 45.- El patrimonio del Partido está
integrado, por los bienes muebles e inmuebles adquiridos y por adquirir,
y las rentas derivadas de dichos bienes, así como por los ingresos
provenientes:
a) De aportes de fondo creado por la ley con cargo al Presupuesto
Nacional, en los términos, montos y condiciones establecidos por la
misma ley;
b) De los aportes y donaciones provenientes de personas físicas o
jurídicas, en los términos, montos y condiciones autorizados por la ley;
c) De la recepción de cuotas partidarias o la celebración de eventos y actividades masivas de carácter lícito.
De la Disolución del Partido
ARTÍCULO 46.- La disolución del Partido sólo podrá
ser acordada, con el voto favorable de las dos terceras partes del
Congreso del Partido, en sesión ordinaria o extraordinaria, que le será
comunicada a la junta Central Electoral por la comisión que el mismo
Congreso designe a tal efecto.
ARTÍCULO 47.- La decisión que acuerde la disolución,
indicará el destino que deberá dársele al patrimonio del Partido y
designará quiénes se ocuparán de darle ejecución al respecto.
*
Una comisión de juristas designados por la Plenaria General
del VIII Congreso Ordinario Comandante Norge Botello redacta los
nuevos Estatutos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) , que son
la resultantes de las discusiones y deliberaciones de los organismos
partidarios reunidos en el marco del Congreso. A la espera de ese nuevo
texto insertamos aquí los Estatutos aprobados en el VII Congreso
Ordinario Doctor Rafael Kasse Acta redactados en el año 2005.
Nació el 10 de noviembre de 1951 en la comunidad rural Arroyo
Cano, provincia San Juan, República Dominicana. Es el mayor de ocho
hermanos procreados por Juan Pablo Medina y Amelia Sánchez (fallecida),
pequeños propietarios de tierras en esa demarcación.
Contrae matrimonio en 1987 con la psicóloga Cándida Montilla de Medina,
con quien ha construido una hermosa familia, integrada además por tres
adoradas hijas: Candy Sibely, graduada de Economía en la Pontificia
Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) de la República Dominicana,
con Maestría en Finanzas en la Universidad de Rochester, Estados
Unidos, y actualmente realiza otra Maestría en Development Finance en la
Universidad de Manchester, Inglaterra; asimismo, Vanessa Daniela,
egresada de Licenciatura en Derecho en la PUCMM, y cursa una Maestría en
Derecho Ambiental en la Universidad de Palermo, Buenos Aires,
Argentina; mientras que Ana Paula, la menor de las tres, estudia
Medicina en la Universidad Iberoamericana (UNIBE) en la República
Dominicana.
Su entorno familiar, orígenes humildes y la gran politización que se
vivía en su natal San Juan le permitieron desarrollar una aguda
sensibilidad social y un compromiso a favor del cambio profundo de las
condiciones materiales que afectaban a su comunidad y a su propia
familia.
Desde sus primeros años, las cualidades como alumno receptivo,
dedicado y disciplinado reflejaban su capacidad académica en la Escuela
Pública “Francisco del Rosario Sánchez”, condiciones que le permitieron
graduarse de bachiller en Ciencias Comerciales, con el honor de “Mejor
Estudiante” en el Liceo “Pedro Henríquez Ureña”, de San Juan de la
Maguana, obteniendo las más altas calificaciones de su promoción.
En su trayectoria formativa, continuó a nivel superior con estudios
de Ingeniería Química en la Universidad Autónoma de Santo Domingo
(UASD), y de Economía en el Instituto Tecnológico de Santo Domingo
(INTEC), donde también se graduó con honores (Magna Cum Laude) en 1984.
La carrera política de Danilo Medina inicia en el Partido de la
Liberación Dominicana (PLD) en 1973, junto a sus compañeros del Frente
Universitario Socialista Democrático (FUSD), respaldando al profesor
Juan Bosch y su proyecto de fundar el PLD; participando activamente en
la creación del Frente Estudiantil de Liberación (FEL) en 1974, la nueva
organización que promovía las orientaciones políticas de Bosch;
desempeñándose en múltiples funciones en esa entidad política:
Vicesecretario de Organización, miembro del Comité Central y del Comité
Político, fruto del reconocimiento a su dedicación, trabajo y capacidad.
De carácter práctico, firme y entusiasta, es un gran servidor a la
patria, dirigiendo diferentes dependencias del Estado; resultando electo
diputado al Congreso Nacional en 1986, 1990 y 1994; además vocero del
Bloque de Diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el
período 1990-1994, y presidente de la Comisión de Asuntos Sociales y
Provisionales del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO).
Como presidente de la Cámara de Diputados, en la Legislatura de 1994,
Danilo Medina enfrentó la mayor crisis de nuestra historia reciente que
culminó con la firma del Pacto por la Democracia; ocupando dos veces la
función de Secretario de Estado de la Presidencia (1996-2000,
2004-2006); y coordinando las acciones de las dependencias
gubernamentales, el buen funcionamiento de la administración pública,
las instituciones autónomas y las demás entidades descentralizadas del
Estado.
Tanto en su vida pública y privada, mantiene un carácter austero,
firmeza en los principios y flexibilidad en la aplicación de los
métodos, y tanto en el ejercicio de sus responsabilidades públicas, como
en los puestos de dirección en el PLD, ha sido contrario a las
exclusiones; manifestando solidaridad y siendo auspicioso con todos los
compañeros, a quienes ha apoyado y promovido.
Su carrera política prosiguió de manera ascendente, demostrando en
todas las posiciones ser un hombre honesto, firme y entregado a los
demás; virtudes que le han brindado la simpatía de toda la sociedad y el
respeto de grandes líderes internacionales; realizando un encomiable
trabajo como Jefe de Campaña para las elecciones de 1994, las últimas en
las que participó el profesor Juan Bosch como candidato a la
Presidencia de la República Dominicana, y luego para los comicios de
1996 con el triunfo del doctor Leonel Fernández Reyna y el PLD.
En el 2000, las bases del PLD lo eligen candidato Presidencial; y en
las elecciones de 2004 fungió como el Director de Estrategia y Asesor de
la campaña del doctor Leonel Fernández Reyna, electo Mandatario para el
período 2004-2008; jugando un papel preponderante y decisivo en esas
victorias electorales.
El 26 de junio de 2011, fue declarado ganador de las primarias del
PLD, superando a sus compañeros José Tomás Pérez, Francisco Domínguez
Brito y Radhamés Segura. Recorrió todo el país, presentando sus
propuestas y explicando cuáles serían sus acciones para construir un
país con menos pobreza y mayor bienestar; y anunciando el 27 de
noviembre de 2011 a la entonces primera dama Margarita Cedeño de
Fernández como su compañera de boleta y candidata a la Vicepresidencia
de la República Dominicana.
Danilo Medina es electo Presidente Constitucional de la República
Dominicana el 20 de mayo de 2012, recibiendo 2 millones 323 mil 463
votos, equivalentes al 51.21% de la preferencia; asumiendo la primera
investidura de la nación el 16 de agosto de 2012 con la presencia de más
de 14 mandatarios y representantes de más de 70 países.
Cree en un Gobierno que sirva a la gente, que iguale las
oportunidades para el desarrollo y que hable con la verdad, con ejemplo
de transparencia y buena gestión, orientado en los valores, la ética y
la honestidad.
Presidente de la República
Margarita María Cedeño Lizardo de Fernández
nace en Santo Domingo, República Dominicana. Son sus padres Luis Emilio
Cedeño Matos y Margarita Lizardo de Cedeño, quienes con sus ejemplos de
vida forjaron en ella los valores humanos, la laboriosidad y la
sensibilidad social que la caracterizan. Se describe como la madre
orgullosa de sus tres hijos: Ramón Emil, Gabriela A. y Yolanda América.
El 27 de noviembre del 2011, respaldada por el apoyo del pueblo
dominicano y su partido, fue proclamada como candidata a la
vicepresidencia del país por el
Partido de la Liberación Dominicana (PLD),
y en mayo 2012, se convierte en la primera mujer, miembro del PLD, y
segunda en la historia del país en ser elegida vicepresidente de la
República.
Ha sido nombrada por el Presidente de la República como Coordinadora
del Gabinete de Coordinación de las Políticas Sociales, desde donde
impulsa proyectos de índole social vinculados al desarrollo integral de
las más de 800 mil familias que conforman el programa Progresando con
Solidaridad.
Es miembro del Comité Político del Partido de la Liberación
Dominicana desde el 5 de febrero del 2014, elegida por aclamación de los
625 miembros del Comité Central. Inició su militancia en el PLD en el
Comité Intermedio 16 de agosto “F”. Como militante, ha realizado aportes
para la aperture de nuevos espacios politicos para la mujer y ha
postulado por un Partido que priorice la formación política de sus
militantes.
La Dra. Cedeño de Fernández es Doctora en Derecho Cum Laude de la
Universidad Autónoma de Santo Domingo (1987), Magíster Magna Cum Laude en Derecho Empresarial y Legislación Económica de la
Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (1995) y Magíster en Ciencia Política para el Desarrollo de la
Universidad de Salamanca (2010).
Inicia su ejercicio profesional en el sector privado, formando parte
de prestigiosas oficinas de abogados de República Dominicana, y es hoy,
miembro fundador de la firma de abogados Fernández y Asociados.
Durante los años 1996-2000, se dedica al servicio público como
sub-consultora jurídica del Poder Ejecutivo y asesora ad honorem y
directora de la Gerencia Legal y Clima de Inversión de la Oficina para
la Promoción de Inversión Extranjera de la República Dominicana
(OPI-RD). Negocia los acuerdos de solución de controversia e inversión
extranjera en los tratados de libre comercio de Centroamérica y Caricom.
Así como, los acuerdos bilaterales de inversión extranjera (ABIS) y de
doble tributación entre República Dominicana y otros países. Representó a
la República Dominicana ante el ALCA, OMC y la UNCTAD en dichos temas.
Continúa su formación a lo largo de los años, realizando estudios en negociaciones y acuerdos comerciales en
Georgetown University, Washington, DC, EEUU; leyes internacionales en la
Universidad de Ginebra, Suiza; solución de conflictos en
Harvard University, EEUU, y en educación, cultura y desarrollo en la
Universidad de Málaga, España.
Actualmente, es miembro del Consejo de Regencia del Instituto Global de Altos Estudios Sociales de
FUNGLODE.
Contrae matrimonio en 2003 con el Dr. Leonel Fernández Reyna,
Presidente Constitucional de la República durante los períodos 1996-2000
y 2004-2012, convirtiéndose en 2004 en la primera abogada dominicana
que asume funciones de Primera Dama.
Como Primera Dama, da continuidad a una trayectoria de compromiso con
los segmentos más vulnerables del país, a través de la implementación
de programas de reducción de pobreza y desarrollo humano, a nivel
nacional.
Convierte al Despacho de la Primera Dama en un agente de
transformación social para familias dominicanas en extrema pobreza, al
orientar las acciones de la institución hacia la consecución de los
Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Desde el Despacho de la Primera Dama expresa su compromiso con la
sociedad dominicana con la ejecución de cuatro grandes programas a nivel
nacional:
Progresando, con
200,000 familias
en extrema pobreza que participan en acciones de formación humana y
ciudadana, capacitación técnica profesional y generación de ingresos;
Centros Tecnológicos Comunitarios
establecidos en zonas rurales del país para democratizar el acceso al
conocimiento y a la información a través de las nuevas tecnologías de la
información y la comunicación,
Solidaridad Social, concientiza sobre salud preventiva y realiza operativos médicos y apoyo solidario a los que más lo necesitan; y,
Leyendo Aprendo, para promover la lectura y la formación cultural de los dominicanos.
Realiza acciones de alto impacto en el sector salud, educación y
promoción de cultura ciudadana. Cabe destacar, la remodelación,
construcción y equipamiento del principal hospital infantil del país el
Hospital Robert Reid Cabral, así como la creación, por primera vez en el
país, de emergencias pediátricas en los principales hospitales
públicos. Creó la primera y única Biblioteca Pública Infantil y Juvenil
de la República Dominicana e implementó la estrategia nacional de
formación en valores humanos y sociales,
Bien por Ti.
Ha sido designada, además, Embajadora Extraordinaria de la
Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO)
y ratificada en julio del 2012, además de Embajadora Continental de la
Eliminación de la Rubéola en el Continente Americano, Embajadora Global
de las Olimpíadas Especiales, y miembro del Panel de Personalidades
Eminentes Internacionales de la
UNCTAD.
