martes, 16 de julio de 2019

Diputados leonelistas creen Marchena está “desesperado” y busca “desahogarse”


  • “El compañero Marchena, si se le puede llamar compañero, es una persona que sabe que le queda un año en el Palacio Nacional”, sostuvo el diputado, dijo Marcos Cross
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El diputado peledeísta Marcos Cross. 
Legisladores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que responden al sector del expresidente Leonel Fernández defendieron al político de los ataques que hiciera el vocero de la Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, cuando aseguró que éste es un “chantajista” e “insolente” y que amenazaría con dividir al partido oficialista.
El diputado peledeísta de ultramar, Marcos Cross, aseguró que Marchena busca “desahogarse”, debido a que distintos sectores nacionales e internacionales se han opuesto a una posible modificación a la Constitución para habilitar al presidente Danilo Medina como candidato a las elecciones del 2020.
“El compañero Marchena, si se le puede llamar compañero, es una persona que sabe que le queda un año en el Palacio Nacional”, sostuvo el diputado.
Mientras que el también diputado por Puerto Plata, Juan Carlos Quiñones, indicó que Fernández lo único que ha hecho es solicitar que se respete la Constitución y se evite una modificación para beneficiar al presidente de turno.
“Esos sectores del Gobierno quieren entonces traer un dime y direte al Partido de la Liberación Dominicana, porque nosotros ni nos vamos a sentir afectados por este tipo de pronunciamientos”, señaló Quiñones.
En tanto el diputado de ultramar Levis Suriel planteó que las declaraciones de Marchena muestran una “desesperación natural de quien está ejerciendo el poder” y lo llamó a que acuda a un “método de conciliación” y “ser más considerado” con los dirigentes del partido oficialista para unificar esa agrupación.
A través de un audio de Whatsapp enviado a la directora del Plan Social de la Presidencia, Iris Guaba, el vocero de la Presidencia llamó “niños malcriados” y “resentidos” a Fernández y sus seguidoresAfirmó que éstos han “chantajeado” con dividir el PLD y esto les condenaría a una derrota.

Llamada de Mike Pompeo cambia escenario y deja la reforma constitucional en incertidumbre


  •  Secretario de Estado llamó a Medina e hizo advertencias
  •  Diputados convocados hoy en un agitado ambiente
$!Llamada de Mike Pompeo cambia escenario y deja la reforma constitucional en incertidumbre
La llamada de Mike Pompeo fue revelada en un informe de prensa.
A. Guzmán /C. Reyes
SANTO DOMINGO. El sometimiento de un proyecto de reforma constitucional está en incertidumbre luego de que el Departamento de Estado divulgara ayer la advertencia del secretario de Estado, Mike Pompeo, al presidente Danilo Medina para que se “preserven las instituciones democráticas y respeten el Estado de Derecho y la Constitución, particularmente en el período previo a las elecciones del 2020 en la República Dominicana”.
El resumen de prensa del Departamento de Estado dice lo siguiente:
Llamada del secretario de Estado Mike Pompeo con el presidente de la República Dominicana Danilo Medina.
La siguiente declaración se le atribuye a la portavoz del Departamento de Estado Morgan Ortagus:
El secretario de Estado Michael R. Pompeo conversó ayer con el presidente de la República Dominicana Danilo Medina. Ambos conversaron sobre la importancia de que todos los actores políticos en la República Dominicana preserven las instituciones democráticas y respeten el Estado de Derecho y la Constitución, particularmente en el período previo a las elecciones del 2020 en la República Dominicana.
La sesión del pasado miércoles fue abierta por el presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, quien salió y dejó al mando al vicepresidente del Senado.
Se recuerda que Pared Pérez, secretario general del PLD, ha fungido como interlocutor entre Medina y Fernández.
Sesión y protesta
La Cámara de Diputados fue convocada para este viernes 12 a las 10:00 de la mañana a una sesión que ha disparado las alertas porque no es costumbre que este organismo se reúna tres veces a la semana, y mucho menos un viernes.
Las expectativas del sometimiento del proyecto de ley han sido tales, que uno de los líderes de la oposición, el precandidato presidencial del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Luis Abinader, afirmó que ya está firmado el proyecto de ley, por lo que convocó a protestar frente al Congreso Nacional contra esos aprestos. A la protesta se han sumado partidos y movimientos de la oposición.
Si es sometido por la Cámara de Diputados este viernes, el proyecto de Ley pasaría con 64 votos si asisten los 190 diputados, pero sin dudas que sería una sesión mucho más agitada y convulsa que si se sometiera por el Senado, en el que Medina cuenta con al menos 22 legisladores, y solo se requiere el voto de 11 para aprobar la convocatoria.
El presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, se reunió con los diputados de esa organización.
“El compañero Luis Abinader es uno de los líderes fundamentales del PRM, antes de anunciar su decisión de ir al Congreso, nos lo informó como es de rigor. Su posición, y la del liderazgo colectivo del partido, apuntalan a un mismo objetivo: la defensa de la Constitución”, expresó.
De su lado el expresidente Hipólito Mejía reiteró su oposición a la modificación de la Constitución de la República con el propósito de facilitar la repostulación con fines de buscar la reelección presidencial.
En un comunicado de prensa, el precandidato presidencial del PRM expresó también su rechazo “a la posición de crear un clima de inestabilidad, caos y anarquía en el país”.
Reafirmó su estricto apego a las disposiciones de su partido, el PRM, el cual ha tomado la decisión de oponerse a modificar la Constitución. l
“Ambos hablaron sobre la importancia de que todos los actores políticos preserven las instituciones democráticas y respeten el Estado de Derecho”
Departamento de Estado USA
“La posición de Luis Abinader, y la del liderazgo colectivo del partido, apuntalan a un mismo objetivo: la defensa de la Constitución”
José Ignacio Paliza

Impugnan a 80 en el PLD por su militancia


$!Impugnan a 80 en el PLD por su militancia
La Comisión Nacional Electoral conoce las impugnaciones contra los precandidatos.
La Comisión Nacional Electoral (CNE) del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en sesión permanente conoció el caso de ochenta impugnaciones que se presentaron a la inscripción de precandidatosy precandidatas a posiciones electivas.
Se explicó que en su gran mayoría las impugnaciones versan sobre la membresía en el Partido, algunos casos de acusaciones en materia penal que se ventilan o son ventiladas en los tribunales y otros de transfuguismo.
En el conocimiento de los casos se hacen valer los preceptos de la Constitución de la República, los Estatutos del PLD y la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones o Movimientos Políticos, entre otras normas y legislaciones.
Profesionales del derecho, dirigentes del PLD, especialistas en materia electoral, trabajaron conjuntamente con la Comisión Nacional Electoral en el conocimiento de los casos.
Durante los días 27, 28, 29 y 30 de junio, alrededor de siete mil militantes y dirigentes del PLD se inscribieron como aspirantes.

Los elementos que se barajan incluir en una eventual reforma constitucional


  •  Se habla de unificar ya las elecciones municipales
  •  Además sacar del Consejo de Magistratura al Procurador
$!Los elementos que se barajan incluir en una eventual reforma constitucional
Hoy sesiona la Cámara de Diputados y mañana en la tarde el Senado.
Además de habilitar al presidente Danilo Medina para que pueda repostularse, entre los puntos que se barajan para incluir en una posible reforma constitucional está el de la eliminación del Procurador General de la República del Consejo Nacional de la Magistratura.
También la unificación de las elecciones municipales con las presidenciales y congresuales en mayo del 2020. Ambos puntos son bien vistos por sectores opositores, en especial dentro del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
En el pacto de los 15 puntos que firmaron los miembros del Comité Político el 28 de mayo de 2015 el segundo punto estableció hacer otra reforma constitucional para plasmar los denominados “candados” que creen un sistema más complejo para las modificaciones a la Carta Magna, mediante el la convocatorio y quórum de la Asamblea Nacional Revisora.
“Se acuerda respaldar, e iniciar oportunamente una modificación de los artículos 270, 271 y 272 de la Constitución de la República”, expresa el acuerdo.
Aunque se sobre entendió en el momento, en el primer punto se escribió agregar un artículo transitorio del cual no se especificó el contenido.
“Se acuerda impulsar la decisión del Comité Político de fecha 19 de abril, de proponer la modificación del artículo 124 de la Constitución de la República y de agregarle a la misma un artículo transitorio”, es el primer punto.
Parte de la sociedad ha criticado la presencia de un funcionario nombrado por el Poder Ejecutivo en el Consejo Nacional de la Magistratura, que convierte en dos el voto del presidente de la República. Y Diario Libre planteó en el AM del pasado lunes que la Constitución debiera permitir la creación de fiscales especiales para investigar los hechos punibles dentro del Estado.
Presiones y silencio
El sector que sigue al expresidente Leonel Fernández ha desarrollado una agresiva estrategia de oposición a las intenciones de reforma a la Constitución para habilitar al presidente Danilo Medina para el 2020 para el futuro.
Sus presiones han sido por todos los medios de comunicación, protestas frente al Congreso Nacional, movimientos sociales, ruedas de prensa de sectores profesionales, motoconchistas, mítines en el monumento a los héroes en Santiago de los Caballeros y una permanente presencia en las redes sociales.
El danilismo, contrario al 2015, no ha desarrollado una campaña a favor de la reelección y todo se ha supeditado a lo que diga el presidente Danilo Medina, que mantiene en expectativas a todo el país desde el plazo fatal que se había entendido que era marzo de este año.
Salvo José Ramón Peralta, ministro Administrativo de la Presidencia, y el ministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo, la reelección no ha tenido voceros.
El pacto de la Cámara
Una pregunta que se debe hacer en estos momentos de tensión grupal en el PLD es si otro de los pactos que acordó el Comité Político el 5 de julio del 2016 se mantendrá.
Este acuerdo consiste en distribuirse la presidencia de la Cámara de Diputados entre las tendencias. Primero lo fue Lucía Medina, hermana del mandatario. Le siguió Rubén Maldonado, de la tendencia del expresidente Leonel Fernández.
Actualmente la ocupa Radhamés Camacho, hombre de confianza del presidente Danilo Medina.
Según ese acuerdo le correspondería la presidencia de la Cámara a Demóstenes Martínez, diputado del grupo de Fernández por la provincia de Santiago.
El agrietamiento de las relaciones entre los líderes del PLD pone en duda que se mantenga ese pacto.
Solo un artículo transitorio
De los 20 artículos transitorios solo queda con “vigencia” el número 20 que establece: “En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.

jueves, 8 de noviembre de 2018

¡Winston Santos!

¡Winston Santos!

Manolo Pichardo
Pudo haber sido miércoles. No lo sé. De lo que estoy seguro es que caía la tarde un mes cualquiera del 1980. En ambos bruñía el entusiasmo y la frescura de la mocedad.
Yo, chupado por la delgadez, me andaba por los rincones tomándome en serio lo del compromiso social y revolucionario y él despachando su espontánea sonrisa mientras se envolvía en sus afanes solidarios.
El inicio de la década me trajo un amigo que dura hasta hoy. Aquella amistad se forjó mientras construíamos el PLD pidiendo en los semáforos, vendiendo Vanguardia del Pueblo, participando en los “esfuerzos concentrados”, en las periódicas rifas, la búsqueda de cotizantes, las asesorías a los círculos de estudio y todo tipo de actividad que encomendara la dirección del Partido.
Winston, de los emprendedores Santos de la Guázuma de Moca, aunque bien criado en Santiago, vino a Santo Domingo para estudiar derecho cargando con su militancia política y su enfermizo afán de darlo todo, de sufrir más allá de lo normal por los hombres y mujeres que mostraran condiciones materiales de existencia precarias. En poco tiempo su carisma le llevó a ser el secretario general del comité intermedio Juan Pablo Duarte, siendo para mí el líder de intermedio con más capacidad política y entrega que conozco hasta hoy.
Él, junto a Josefina Medina, la mujer con mejores condiciones políticas que conocía, dirigieron con inteligencia el crecimiento de la organización hasta desparramarla por Maquiteria, ensanche Ozama, Lengua Azul, Alma Rosa, Villa Duarte, Los Frailes, en fin, todo el territorio que abarcaba el Intermedio.
Los años han pasado y no se ha despojado del empeño de desprenderse de lo que tiene, aun sea lo único, para darle a quien considera lo necesita.
Escribo sobre él porque para mi sorpresa me entero que aspira a diputado por la circunscripción 1 de la provincia de Santo Domingo.
Ojalá y los buenos entiendan que pueden romper el cerco que han puesto los trepadores y delincuentes que andan desde hace rato tomando por asalto a los partidos. Con hombres como él, el PLD y el país ganan


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Presidente Medina nombra a Winston Santos ministro de Trabajo y mueve a Fadul a Interior y Policía



Winston Santos se desempeñaba como viceministro de Trabajo.
Winston Santos se desempeñaba como viceministro de Trabajo.

Santo Domingo.-El presidente Danilo Medina designó este miércoles a Winston Santos ministro de Trabajo, en sustitución de José Ramón Fadul (Monchy), quien pasó a ocupar la vacante dejada en el Ministerio de Interior y Policía por el renunciante Carlos Amarante Baret.
La medida está contenida en el decreto 215-18 dado a conocer este miércoles por la Presidencia. Santos se desempeñaba como viceministro de Trabajo.
Amarante Baret renunció el lunes al cargo, para dedicarse a sus aspiraciones de buscar la candidatura presidencial por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para el 2020.
Monchy Fadul ocupaba ese mismo puesto antes de Amarante Baret y fue movido al Ministerio de Trabajo.
Este es el segundo funcionario de alto nivel que deja su cargo para dedicarse a sus proyectos políticos, el primero en hacerlo fue Francisco Domínguez Brito, quien dirigía el Ministerio de Medio Ambiente.




BIENVENIDOS brayner gomez

viernes, 26 de octubre de 2018

LEY DE PARTIDOS, ESTATUTO Y CONSTITUCIÓN

11:26
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LEY DE PARTIDOS, ESTATUTO Y CONSTITUCIÓNListín Diario | “Observatorio Global”Autor: Leonel Fernández
@LeonelFernandez
Para mañana sábado, 27 de octubre, el Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ha sido convocado con el propósito de definir la modalidad y el tipo de padrón a utilizar en la selección de sus candidatos a cargos de elección popular.
En determinados círculos de opinión se considera que lo que está en debate es una lucha de poder entre dos sectores de la organización. Para otros, una pugna para determinar si las primarias se dirimen con el padrón del partido (primarias cerradas), o si, por el contrario, con el padrón de la Junta Central Electoral (padrón abierto), debido a conveniencia de las partes.
No hay quienes falten en apreciar que se trata de un asunto de orgullo, de quienes no quieren dejar que le “tumben el brazo”, de una especie de egos en conflicto, que, en el fondo, no responde más que a cuestiones baladíes o bizantinas.
Sin embargo, nada de eso es cierto. Lo que está en juego es la prevalencia o no de la supremacía de la Constitución y la existencia de un Estado de Derecho como forma de organización de una sociedad democrática y moderna.
Eso se expresa en la diversidad y pluralidad de formas en que se manifiesta la convivencia civilizada entre los seres humanos. Una de esas formas, por ejemplo, es la que tiene que ver con la organización y funcionamiento de los partidos políticos.
En el año 2004, en la República Dominicana se promulgó la Ley 286-04, en la que se establecía un “sistema de elecciones primarias mediante el voto universal, directo y secreto”.
Independientemente de si ese era el mejor o el peor sistema para la selección de candidatos dentro de un partido, lo cierto es que al año siguiente, en el 2005, la Suprema Corte de Justicia declaró la nulidad de dicha ley en razón de que violaba dos principios fundamentales de nuestra Carta Magna: la libertad de organización y la libertad de asociación.
Más aún, dos años antes de esa sentencia, en el 2003, el máximo organismo judicial de nuestro país había emitido la resolución 1920-03, en la que hacía consignar que “las sentencias dictadas en ejercicio del control concentrado de constitucionalidad forman parte del bloque de constitucionalidad”.
De lo anterior se desprende que dichas sentencias resultaban vinculantes a todos los órganos del Estado, lo cual quedó posteriormente incorporado en el artículo 184 de la actual Constitución de la República.
Eso equivale a decir que, tanto por la vía judicial, como por la vía legislativa, el concepto de primarias abiertas y simultáneas, como método de selección de candidatos por parte de los partidos políticos, no sólo había perecido, sino que había recibido cristiana sepultura.
MUERTE Y RESURRECCIÓN
A pesar de que el sistema de primarias abiertas y simultáneas había sido declarado nulo por inconstitucional, eso no fue obstáculo, sin embargo, para que se reintrodujera, mediante un nuevo proyecto de ley, por ante el Senado de la República.
Luego de aprobado en ese hemiciclo, el proyecto pasó a la Cámara de Diputados. Pero ahí, la opinión pública nacional y los poderes fácticos se erigieron en un muro de contención, lo que obligó a procurar una fórmula alternativa al plan original de primarias abiertas y simultáneas.
Lo que resultó de esa presunta búsqueda alternativa fue que en lugar de primarias abiertas y simultáneas como única opción de selección de candidatos para todos los partidos, quedara tan solo como una entre varias posibilidades dentro de un abanico de opciones a considerar.
Ese debate sobre la constitucionalidad de la Ley de Partidos Políticos se ha extendido a su aplicación. Actualmente, el Tribunal Constitucional se encuentra apoderado de ocho recursos de inconstitucionalidad depositados por varios partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos.
Esos recursos cuestionan más de 12 artículos de la ley que se entiende contravienen preceptos constitucionales, tales como: la supremacía de la Constitución en el ordenamiento jurídico (art. 6); el derecho de asociación (art.47); la forma y alcance de la reglamentación de los derechos fundamentales (art. 74.2); la finalidad de las asambleas electorales (arts. 208 y 209); la democracia interna (art.216); el precedente vinculante (arts. 277 y 184); entre otros.
Ahora bien, las primarias abiertas como opción, dentro de un conjunto de posibilidades, se derivan de los tres párrafos del artículo 45 de la Ley de Partidos, al señalarse que: primero, “las primarias, convenciones de delegados, de militantes, de dirigentes y encuestas son las modalidades mediante las cuales los partidos... escogen sus candidatos”; segundo, que “cada partido tiene derecho a decidir la modalidad, método y tipo de registro de electores o padrón para la selección de candidatos”; y tercero, que “el organismo competente en cada partido... para decidir el tipo de registro de electores o el padrón a utilizar en el proceso de selección de candidatos son: el Comité Central, Comisión Ejecutiva, Comisión Política, Comité Nacional o el equivalente a uno de estos...”.
¿Por qué razón, si el legislador sabía que las primarias simultáneas con padrón abierto habían sido declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia, las reintrodujo como opción a considerar por los partidos como mecanismo de selección de candidatos? ¿Imbuido de cuáles poderes fue capaz de realizar semejante hazaña?
La respuesta a esas preguntas sólo puede encontrarse en el hecho de que intereses de corto plazo pugnan por imponerse a una visión democrática de largo plazo.
EL CASO DEL PLD
En el artículo 23 de la Ley de Partidos, se afirma que son derechos de las organizaciones políticas “ejercer plena autonomía y libertad para la determinación de sus estatutos y lineamientos partidarios...
En su artículo 26, la misma ley consigna que las organizaciones políticas “redactarán sus estatutos de conformidad con la Constitución, la presente ley, la Ley Electoral, sin perjuicio de otras leyes que regulen aspectos específicos relacionados”.
Más adelante, en el párrafo II del mismo artículo, dice: “Los estatutos constituyen la norma fundamental de los partidos... y establecen los poderes, derechos y obligaciones partidarias a las que sus autoridades y afiliados ajustarán sus actuaciones”.
Si los estatutos, como se indica en la ley, “establecen los poderes, derechos y obligaciones de los partidos”, ¿por qué, entonces, el legislador procedió a privarlos de esa facultad en la misma ley? Pero además, si los partidos han redactado sus estatutos de conformidad con la Constitución, ¿por qué otorgó competencia para escoger el tipo de padrón a organismos partidarios que no representan la máxima autoridad de la organización?
En realidad, todo eso no constituye más que un gran misterio.
Eso es lo que ha ocurrido en el caso del Partido de la Liberación Dominicana. De conformidad con el artículo 10 de sus Estatutos, “el Congreso Nacional es el más alto organismo de dirección del partido y está integrado por: todos los miembros del Comité Central; los presidentes de los Comités Provinciales, Municipales, Intermedios y de Circunscripciones Electorales del Distrito Nacional y la Provincia de Santo Domingo y de las Seccionales”.
En el inciso c del artículo 12, se indica que “son atribuciones del Congreso Nacional aprobar o modificar los Estatutos del partido”.
A su vez, el artículo 40 afirma que “la escogencia de los candidatos del partido para las elecciones nacionales, congresionales y municipales, se harán mediante primarias internas, conforme al reglamento dictado al efecto...”.
Si todo eso es así, dentro de las normas estatutarias del partido fundado por el profesor Juan Bosch, ¿por qué motivo la ley de partidos le otorga facultad al Comité Central de escoger el tipo de padrón a ser utilizado para la escogencia de candidatos, cuando ese no es el máximo organismo de dirección del partido?
Al despojar al Congreso Nacional del partido de ese derecho y concedérselo al Comité Central, la ley le estaba concediendo a este último una facultad que no le corresponde: la de modificar los estatutos de la organización.
Al proceder de esa manera, el legislador estaba vulnerando la democracia interna del partido, prevista en el artículo 210 de la Constitución; el derecho fundamental de los afiliados a la libertad de asociación; y la plena autonomía y libertad del partido a decidir como reformar sus estatutos, y determinar la modalidad de selección de candidatos y el tipo de padrón a utilizar.
En lugar de disponer, como era la intención original, de un sistema de primarias abiertas y simultáneas, lo que la Ley de Partidos ha consignado es un sistema único, atípico, desconocido en el mundo, donde se aplican, de manera simultánea, diversas modalidades de escogencia de candidatos.
Eso es lo que ha llevado a la aprobación de una ley incongruente e inconsistente, en discordancia consigo misma; en vulneración a los estatutos del partido; en privación del derecho de las bases de la organización a participar en los mecanismos de toma de decisión; y en contradicción con la Constitución de la República. Resolver ese enigma es el gran desafío que tiene por delante el Partido de la Liberación Dominicana, en su reunión de mañana sábado, 27 de octubre.
Que Dios nos ilumine, para que la razón impere y sirva de fundamento a la unidad.